Donación padres a hijos para compra de Vivienda
Conozca las posibilidades que se abren en Andalucía ante la reducción del Impuesto de Donaciones. ¿Es el momento de donar dinero a mis hijos y ayudarles a comprar un piso?
La reducción del impuesto de donaciones dispara las compraventas en la que los padres ayudan a sus hijos a comprar una vivienda habitual en Andalucía.
Tras mucho tiempo esperando la rebaja del impuesto sobre donaciones en Andalucía, por fín, desde el 11 de abril de 2019, es de aplicación.
Tras asentarse los cambios en materia fiscal aplicables, el mercado está experimentando un gran incremento de ventas en las que los ciudadanos aprovechan la rebaja de dicha tasa.
Sin embargo, todos nuestros Clientes, tienen dudas sobre cómo acometer la compra, y la donación inter-vivos.
Granatte realiza todas las gestiones de manera gratuita, como parte de sus servicios integrales, a aquellos padres que quieran donar dinero a sus hijos para la compra de vivienda que realicen con nosotros. Disponemos de una cartera de inmuebles con más de 300 viviendas en Granada capital, que es donde prestamos servicio.
La reducción de la fiscalidad facilitará que las donaciones de padres a hijos “inter-vivos”, ayude a comprar la vivienda con un gran ahorro respecto a la situación anterior. Pondremos un ejemplo:
Si unos padres donan a su hija 100.000 euros, para la compra de su vivienda, antes hubieran pagado unos 9.000€ por este impuesto. Sin embargo, ahora, la tasa impositiva está entorno a los 90 euros.
Hoy, en Andalucía, se aplica:
Las donaciones deberán realizarse ante notario, dejando perfectamente clara la trazabilidad de la donación, teniendo cuidado de la titularidad o cotitularidad de las cuentas bancarias, argumentando el origen de los fondos y teniendo en cuenta los plazos legales. Por otro lado, algo que aún no tienen claro ni los propios funcionarios o asesores fiscales especializados es sobre el documento privado o contrato previo.
Te brindamos un apoyo integral para Vender piso en Granada
Granatte, sabedor de que no se ha eliminado aún de la normativa dicha obligatoriedad, actúa de la manera más conservadora, esto es, realizando el trámite tanto por contrato privado, como a través de escrituración de donación + compraventa. Siempre rellenando y liquidando el M651.
En otros post sobre la fiscalidad en Andalucía hablaremos de las novedades en IRPF, IAJD, ITP, Sucesiones y otros.
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